Una auditoría realizada por la Contraloría General de la República (CGR) a la Dirección General de Migración (DGM), correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 31 de diciembre de 2025, identificó varias inobservancias en materia de administración de recursos humanos.
Entre los hallazgos figura que la DGM no registra sus nóminas en el Sistema de Administración de Servidores Públicos (SASP), sino que utiliza un sistema interno denominado DOM02 para el registro de estos pagos.
De acuerdo con el informe, esta situación constituye una inobservancia a lo establecido en la Ley 10-07, que instituye el Sistema Nacional de Control Interno (SINACI), así como al Decreto No. 373-11, artículo 7, relativo al sistema de nóminas para el sector público, y a las Normas Básicas de Control Interno de Segundo Grado para la Administración de Recursos Humanos.
La Contraloría estableció que este hallazgo se encuentra en proceso de subsanación.
Asignaciones de combustible.
Otro de los puntos señalados corresponde a las asignaciones de combustible otorgadas a empleados de la institución.
Durante la revisión, los auditores determinaron que 30 colaboradores recibieron asignaciones de combustible que superaban el 10 % de su salario, por un monto ascendente a RD$93,500.
El informe señala que esta práctica contraviene lo establecido en la Ley 10-07, artículo 25, que regula el Sistema Nacional de Control Interno, y la Ley No. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado Dominicano, específicamente su artículo 22.
Otro de los puntos señalados corresponde a las asignaciones de combustible otorgadas a empleados de la institución.
Durante la revisión, los auditores determinaron que 30 colaboradores recibieron asignaciones de combustible que superaban el 10 % de su salario, por un monto ascendente a RD$93,500.
El informe señala que esta práctica contraviene lo establecido en la Ley 10-07, artículo 25, que regula el Sistema Nacional de Control Interno, y la Ley No. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado Dominicano, específicamente su artículo 22.

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